El
Consejo Deontológico de la Federación de Asociaciones
de la Prensa de España (FAPE) ha elaborado un
informe sobre el tratamiento informativo en los
medios de comunicación respecto de las víctimas
del terrorismo, en el que exhorta a la autorregulación
y la prudencia a la hora de abordar informaciones
sobre esta materia.
Dice, entre otras cosas, la FAPE (el documento
consta de siete folios) que "al analizar la
dinámica informativa que se genera ante un hecho
terrorista, este Consejo cree advertir que concurren
al menos dos circunstancias que resulta muy conveniente
recordar.
En primer término, hay que poner de manifiesto
las especiales circunstancias que se generan con
un trabajo periodístico en tiempo real, acuciados
por la obligación de trabajar en directo. En este
sentido, algunos estudios especializados han señalado,
con acierto, los riesgos que encierran las retransmisiones
en directo, por el cúmulo de errores que de forma
no intencionada se producen y por su incidencia
en la opinión pública.
Pero no es menos cierto que, al actuar así, los
medios de comunicación cumplen estrictamente con
una de sus obligaciones primordiales, como es
la de trasladar a la Sociedad un hecho relevante
que tiene derecho a conocer en toda su dimensión.
Por eso, junto a reiterar la necesidad de que
los informadores extremen la prudencia a la hora
de cumplir con este deber profesional, en aras
a evitar precisamente la comisión involuntaria
de errores, para este Consejo no resulta en modo
alguno superfluo recordar a los poderes públicos
que debieran ser consecuentes con las muy especiales
circunstancias en las que se desenvuelve el trabajo
informativo cuando se producen tragedias de esta
naturaleza, para que arbitren las medidas más
adecuadas que permitan desempeñar el trabajo informativo
con las mayores cotas de precisión. Es también
oportuno señalar que las empresas informativas,
las organizaciones profesionales y las Facultades
de Ciencias de la Información deberían promover
y favorecer la formación de profesionales especializados
en la información de estas tragedias".
La opinión de las víctimas
"Si se toma como referente la opinión que las
víctimas del terrorismo tantas veces han expresado
a lo largo de las últimas décadas, se comprueba
que uno de los hechos que más dolor les causa
consiste en la difusión reiterada en los distintos
medios, con ocasión de aniversarios u otras circunstancias
relevantes, de los documentos gráficos en los
que se revive y recuerda su tragedia. En los propios
medios encontramos numerosos testimonios acerca
del daño moral que esta situación les origina.
Sin embargo, aunque en algunos momentos se hayan
podido producir extralimitaciones, el Consejo
constata que de forma habitual la voluntad de
la profesión periodística se centra en abordar
estas cuestiones desde criterios democráticos
y responsables.
En esta materia, es preciso resaltar que la autorregulación
que los propios medios y los profesionales se
imponen, no suponen una restricción a las previsiones
constitucionales de la libertad de expresión y
de información, sino antes al contrario toman
su verdadero fundamento de la propia norma constitucional
y constituyen un servicio más del Periodismo a
la sociedad española y a la propia dignidad de
la profesión".
Reglas básicas
El
Consejo recuerda que son cuestiones especialmente
a valorar por editores y profesionales del periodismo
las siguientes:
- En la hipótesis de que se planteara una situación
de conflicto entre el derecho de informar y el
deber del respeto a la dignidad humana, a la propia
imagen, a la intimidad y privacidad, el primero
se deberá subordinar al segundo, de acuerdo con
lo señalado y el sentido del artículo 20.4 de
nuestra Constitución: "Estas libertades tienen
su limite en el respeto de los derechos reconocidos
en este titulo, en los preceptos legales que les
desarrollan y especialmente en el derecho al honor,
la intimidad y la propia imagen".
- El rechazo a cualquier expresión de violencia,
a sus métodos y a sus objetivos, deberá ser siempre
explícito, llevando por ello a excluir de los
contenidos periodísticos a cuanto incite a la
violencia o a la subversión constitucional, porque
en la defensa de los valores democráticos no debiera
caber la neutralidad, tal y como señala el Código
de Deontología del Consejo de Europa, que en su
artículo 33 señala que "los medios de comunicación
tienen la obligación moral de defender los valores
de la democracia, el respeto a la dignidad humana,
la solución de los problemas a través de métodos
pacíficos y de tolerancia, y en consecuencia oponerse
a la violencia y al lenguaje del odio y del enfrentamiento",
recalcando en su artículo 34 que "en lo referente
a la defensa de los valores democráticos nadie
debe ser neutral".
- Como la violencia produce dolor y aflicción,
que se causa además a personas inocentes, las
tareas informativas deben ser llevadas a cabo
con discreción y sensibilidad, evitando la intromisión
gratuita y las especulaciones innecesarias sobre
sus sentimientos y circunstancias. En este sentido,
reviste una especial importancia el cuidado del
lenguaje utilizado.
- A las personas afectadas directa o indirectamente
por la violencia terrorista se les debe tratar
no sólo como personas dignas del mayor respeto,
sino como necesitadas de una atención y un trato
especialmente prudente; por ello, se debiera evitar,
como norma general, el recurso a imágenes de las
víctimas y su posterior utilización de modo reiterativo.
De manera muy especial este criterio resulta de
aplicación en aquellos casos en los que las propias
víctimas así lo solicitan.
- Dada su relevancia intrínseca, corresponde un
especial cuidado y esmero cuando entre las personas
afectadas, en cualquiera de los modos posibles,
por la violencia terrorista se encuentran menores
de edad, cuya protección constituye un compromiso
ético que no ofrece excepciones.
- Igualmente, en el rechazo a la violencia terrorista
siguen siendo de aplicación las previsiones deontológicas
respecto a la no discriminación en razón de color,
raza, religión o ideología, así como la no criminalización
de los parientes y amigos inocentes de quienes
están incursos en ilícitos penales de esta naturaleza.
- No resulta en ningún caso conforme a la ética
profesional la utilización de estas cuestiones
como medio para aumentar el número de lectores
o las audiencias. Con mayor motivo aún no cabe
justificación ética a su utilización con fines
mercantiles o comerciales.
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