El
'ingenioso' sistema con el que el ministro del
Interior, José Antonio Alonso, pretende
hacer disminuir la lista de 'bajas psicológicas'
en la Guardia Civil hace aguas por todas partes.
El ministro piensa que las bajas de tipo psicológico
dentro de la Benemérita constituyen, en realidad,
un síntoma claro de absentismo laboral y se le
ha ocurrido la prescripción a los agentes estresados
de "apto con limitaciones"; es decir, que
el tribunal evaluador prescriba que el guardia
en cuestión puede realizar trabajos administrativos,
pero que no puede conducir vehículos, realizar
acciones nocturnas ni mucho menos portar armas.
La 'genial' idea de Alonso tiene varios puntos
oscuros, pero uno de los principales es que...
¡no hay puestos para cubrir en esas condiciones!
Es decir, que cuando un agente se halla realmente
estresado -lo dictamina un tribunal médico, militar,
por supuesto-, le corresponderían hacer trabajos
de oficina, ya que no puede, lógicamente, portar
armas, pero no se han creado los destinos necesarios.
Así que, cuando el guardia afectado por la medida
pregunta a sus superiores por su destino... las
reclamaciones, al maestro armero.
Un caso práctico nos ayudará a comprenderlo. Es
lo que le ocurrió a un sargento primero en una
Comandancia de una provincia norteña -por razones
obvias, debemos guardar el anonimato-. El suboficial
fue reconocido por los servicios de psiquiatría
de la Junta Médico Pericial Ordinaria Nº 11 (Hospital
Central de la Defensa), que extendió el correspondiente
informe, firmado por el coronel médico presidente,
Juan José García.
En el informe se detalla que el suboficial en
cuestión padece "trastorno ansioso depresivo
secundario a patología física de intensidad moderada"
y que "precisa medicación psicofarmacológica".
Anteriormente se le hubiera dado la 'baja psicológica',
pero, siguiendo las nuevas rectas de Interior,
al suboficial se le asigna un coeficiente "4T",
lo que significa que no puede ocupar destinos
que "precisen servicios de armas, nocturnos
y conducción de vehículos" y que, además,
debe solicitar revisión en un plazo de doce meses.
Es decir, que es declarado "apto con limitaciones".
Con su correspondiente informe, el suboficial
se dirige a su superior para que le informe sobre
"la clase de destinos que se consideran a los
mencionados" y si existen vacantes de los
mismos en el Cuerpo, así como la forma de optar
a los mismos. El superior cursó la solicitud a
la Dirección General de la Guardia Civil, solicitando
informe, pero la respuesta fue harto elocuente:
1. "La reglamentación referente a las limitaciones
psicofísicas a las que se refiere el artículo
55.2 de la Ley 42/99, de 25 de noviembre, está
en fase de desarrollo". Es decir, que seis
años después de promulgada la Ley, no existe el
desarrollo adecuado, al cual, sin embargo, se
está acogiendo el actual ministro del Interior
para acabar con las bajas psicológicas.
2. "No existen puestos de trabajo concretos
a ocupar por el personal en servicio activo con
la declaración de útil con limitaciones para desempeñar
determinados destinos", consecuencia clara
de lo anterior.
3. "Puede solicitar, con carácter voluntario,
cualquier vacante de su empleo que se anuncie
en provisión por antigüedad, toda vez que actualmente
no se anuncian vacantes para personal que haya
sido declarado útil con limitaciones".
En definitiva, que, además, no hay puestos para
cubrir.
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