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'Referendum' europeo sobre derechos de los 'gays'

El Ejecutivo comunitario tiene previsto lanzar una consulta pública que sentará las bases para crear una legislación comunitaria sobre parejas del mismo sexo. Como paso preparatorio, la Comisión Europea ya ha publicado un estudio comparativo sobre las leyes nacionales que existen en los Veinticinco sobre las parejas homosexuales y planea presentar un Libro Verde a finales de 2005 o principios de 2006.

En respuesta a una pregunta del eurodiputado Satu Hassi (Verdes/ALE) sobre la libertad de movimiento de las parejas del mismo sexo en el territorio de la Unión Europea, el comisario de Justicia, Libertad y Seguridad, Franco Frattini, ha recordado que, aunque la ley comunitaria prevé el reconocimiento de los divorcios en todos los Estados miembros, actualmente no existe una legislación europea sobre el mutuo reconocimiento de matrimonios o parejas de hecho, ya sean homosexuales o heterosexuales.

Actualmente, el estatus legal de las parejas del mismo sexo está evolucionando muy rápidamente en los Veinticinco, si bien el matrimonio homosexual sólo está permitido en Países Bajos, Bélgica y España. El eurodiputado Satu Hassi ha denunciado que la falta de un reconocimiento homogéneo de esta clase de parejas en todos los países de la UE provoca que, en muchas ocasiones, éstas pierdan los derechos y beneficios derivados del matrimonio cuando se trasladan de un Estado miembro a otro.

El comisario Frattini ha señalado que el problema del reconocimiento de las parejas del mismo sexo no sólo implica la validez de la relación en sí misma, sino que también engloba cuestiones legales como la sucesión, la seguridad social, el pago de impuestos, etcétera. Por esta razón, cualquier tipo de propuesta legislativa en este ámbito debe ser preparada cuidadosamente y ser objeto de "una amplia consulta pública acerca de las futuras normas sobre jurisdicción, reconocimiento y leyes aplicables". Frattini también ha manifestado que la Comisión Europea espera que el Parlamento Europeo tome parte activa en el proceso de consulta.

La libertad de movimiento para parejas registradas, independientemente de su sexo, está prevista por la directiva del 28 de abril de 2004 del Parlamento y el Consejo Europeo, que garantiza a todos los ciudadanos de la Unión y sus familiares el derecho a moverse y residir libremente dentro del territorio de los Estados miembros. El artículo 3 de esta directiva también prevé que, si un matrimonio se traslada a un Estado miembro del que sólo uno de los componentes es nacional, las autoridades de dicho país deben facilitar la entrada y la residencia a su compañero, siempre que se pruebe debidamente que mantienen una relación duradera.


 

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