Las empresas del Norte y Oeste de Europa practican más la diversidad en el trabajo que las instaladas en los países del Sur y Este del viejo continente. Ésta es una de las primeras conclusiones extraídas de un estudio que presentará hoy, 29 de noviembre, la Comisión Europea.
España, por su parte, se sitúa en segunda posición, sólo por detrás de Reino Unido, en la aplicación de esta práctica. Los resultados de la encuesta, en la que han participado más de 800 sociedades comunitarias, contribuirán a preparar el Año Europeo para la Igualdad de Oportunidades que, según los cálculos de Bruselas, tendrá lugar en 2007.
La encuesta de Bruselas muestra que el 83% de las empresas comunitarias que aplica políticas a favor de la diversidad en el lugar de trabajo obtiene ventajas comerciales y se beneficia del hecho de no hacer frente a problemáticas como la discriminación proveniente de razones étnicas o raciales, de religión o creencia, o de edad u orientación sexual. Aunque la mayor parte de las empresas que apuestan por esta práctica se sitúa en el Norte y Oeste de Europa, algunos países como España gozan de una buena posición en el ránking que ha elaborado la Comisión Europea. Reino Unido ocupa el primer puesto de esta clasificación, seguido de España, que se coloca por delante de Estados miembros como Alemania, Francia, Países Bajos y Bélgica. Los países del Sur y Este europeo solicitan, por su parte, más información para que esta práctica llegue a implantarse en sus respectivos territorios.
Entre las principales ventajas comerciales que han destacado las empresas participantes en este estudio del Ejecutivo comunitario figuran la posibilidad de ampliar el abanico geográfico para contratar mano de obra, establecer relaciones comunitarias más sólidas y mejorar la imagen empresarial de la sociedad en cuestión. Éstas y otras ventajas serán presentadas por la Comisión Europea en la conferencia "Argumentos económicos en favor de la diversidad: buenas prácticas en el lugar de trabajo" , que tendrá lugar hoy, 29 de noviembre, en Bruselas.
Vladimir Spidla , comisario europeo de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades, declaró a este respecto que "este estudio muestra claramente que las empresas instauran de manera progresiva y regular estrategias a favor de la diversidad y de la igualdad en los lugares de trabajo (...) ractican sólo por razones éticas o jurídicas sino por las evidentes ventajas comerciales que ellas aportan" .
Ampliar el abanico
Entre las empresas afectadas, el 42% ha señalado que la principal ventaja comercial ha sido la posibilidad de ampliar el abanico de candidatos altamente cualificados al no limitarse solamente al interior de las fronteras del país donde se ubica la sociedad en cuestión. El 38% ha destacado también que la aplicación de esta práctica supone una mejora de la reputación de la empresa a escala local, y un 26% ha considerado que la diversidad en los lugares de trabajo trae consigo un aumento de la creación y de la innovación.
Por su parte, el 50% de las sociedades que han participado en el estudio -en su mayoría (65%) pequeñas y medianas empresas (pymes)- subraya que las razones que les han motivado a aplicar esta práctica no son el origen legal de las mismas sino las estrategias que de ellas se derivan. Entre otras, figuran la posibilidad de aportar al personal una formación contraria a la discriminación en los lugares de trabajo, la creación de redes de trabajadores que representen a los asalariados con minusvalías, a los homosexuales y lesbianas y a las minorías étnicas y la posibilidad de lanzar campañas en el interior de las empresas que reconozcan el valor de los trabajadores de edad más avanzada.
En el lado opuesto, también se recogen los testimonios de las empresas que aún no han implantado políticas a favor de esta práctica. Los principales obstáculos mencionados han sido la falta de información (20% de los participantes), la dificultad de evaluar los resultados (20%) y las actitudes y comportamientos discriminatorios en los lugares de trabajo (17%).
Política europea sobre antidiscriminación:
http://europa.eu.int/comm/antidiscrimination.
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